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Por Jessica Lemus, Abogada.

La maternidad y el trabajo son dos palabras que a muchas mujeres prefieren no tenerlas juntas en su vida. En otros casos es considerado un desafío que requiere llevarlo lo mejor posible.

Ampararse en las leyes es esencial para la mujer. Por eso abordamos el tema desde el punto de vista jurídico. En El Salvador, como muchos otros países en el mundo, las mujeres no conocemos a cabalidad la importancia de ampararnos legalmente para traer balance, lo más posible entre dos roles altamente demandantes, la maternidad y el trabajo.

En un país con alto nivel de desempleo es difícil que una mujer considere su permiso de maternidad. Pero por ley esto no debería estar en discusión. http://www.mtps.gob.sv/noticias/reforma-al-codigo-trabajo-309-licencia-maternidad-entra-vigencia/

El mundo laboral es altamente demandante. Jornadas largas y una carga de trabajo demasiado pesada son el común denominador.  Tomando en consideración lo antes dicho, ¿Es posible conciliar la maternidad y la vida profesional-laboral?

La maternidad marca permanentemente la vida de una mujer. El cambio nace de nosotras, dotándonos de “súper poderes” con los cuales habremos de vencer los desafíos que se avecinan.  Estos cambios impactan todos los aspectos de nuestra vida, la cual, de ahora en adelante girará en torno al recién llegado.

En la mayoría de ocasiones las mujeres en estado de gestación sufren de verdadero estrés al proyectarse, muchas temen perder sus empleos o no tener el tiempo necesario para cumplir ambos roles: madre y empleada. Sin embargo, para tranquilidad de todas y con el conocimiento de pocas, contamos con herramientas legales que buscan brindarnos la seguridad jurídica tan necesaria durante una etapa tan vulnerable como lo es el embarazo y el post parto. Considerémoslas a continuación.

La protección a la mujer en estado de gravidez debe ser asegurado por el patrono, quien no podrá someterla a trabajos que le demanden un excesivo trabajo físico después del cuarto mes de embarazo.

Continuemos  con  la licencia por maternidad, https://www.toptrabajos.com/blog/sv/licencia-maternidad-el-salvador/la cual es considerada como una incapacidad remunerada, y  asegura que la mujer que la goce obtendrá el cien por ciento de su salario regular durante el periodo que contemple la licencia, la cual, por mandato de ley con la reciente modificación al art. 309 del Código de Trabajo, concede 16 semanas a la madre, tiempo en el cual, esta no podrá ser despedida bajo ninguna circunstancia. La licencia de maternidad además habilita a la mujer gestante para solicitar incapacidades por circunstancias relacionadas a su estado antes del parto.

Pero las garantías legales no se reducen a la madre, el recién nacido también ha sido considerado por la ley salvadoreña, y aun cuando estas herramientas no son muy conocidas, existen. El Código de Trabajo reconoce en el art. 312  el Derecho a la lactancia materna, en cuanto expresa que la mujer gozará de una hora diaria para que pueda alimentar a su hijo recién nacido, este tiempo se consideraran dentro de la jornada laboral y no podrá ser descontado.

La más reciente consideración a favor de la madre trabajadora es la Ley especial para la regulación e instalación de salas cunas para los hijos de los trabajadores, la cual busca que el patrono con más de cien trabajadores a su cargo habilite un espacio propicio para que las madres dispongan de el para alimentar a sus hijos menores de tres años, pudiendo dejarlos al cuido de personal especializado que debe ser pagado por el patrono. Esta ley fue aprobada el pasado mes de mayo y se espera que entre en vigor a partir del año 2020.

Como hemos aprendido, la ley salvadoreña nos provee de valiosas herramientas para que podamos vivir plenamente y con las mínimas preocupaciones esa maravillosa etapa. Compartamos y empoderémonos juntas.